Las cargas de A/A compradas en 2013, libres del nuevo impuesto
La Agencia Tributaria aclara a Conepa esta duda sobre el tributo de gases fluorados.
¿Qué ocurre con las existencias de gas 134a adquiridas antes del 1 de enero de 2014? Esta duda inquietaba a muchos talleres ante la entrada en vigor del nuevo impuesto de gases fluorados. La patronal Conepa ha preguntado a Hacienda, que ha aclarado que no se deben gravar aunque se utilicen en 2014.
En concreto, la patronal explica que este impuesto lo paga el taller al adquirir el gas a su proveedor. Así, las cargas de gas 134a compradas antes de 2014, es decir, mediante facturas de 2013, no están sujetas al impuesto sobre gases fluorados, según ha explicado la Agencia Tributaria.
Por tanto, cuando el taller, considerado “consumidor final” por el Real Decreto, proceda a la instalación de las cargas de gas adquiridas antes del 1 de enero de 2014 en los equipos de aire acondicionado, no tiene que trasladar el citado impuesto en la factura a sus clientes.
Además, Hacienda recuerda en su comunicación que la única obligación del taller es la mera transmisión del impuesto.
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