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La DGT castigará con hasta 30.000 euros a los talleres que instalen inhibidores de radar

La reforma de la Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial que está a punto de aprobarse así lo determina, además de imponer multa de 6.000 euros y retirada del carné al conductor. De esta forma, el único dispositivo legal son los avisadores de radares fijos.

Infotaller

14 de octubre 2021 - 12:23

La futura Ley de Tráfico multará con hasta 30.000 euros a los talleres que instalen inhibidores
La futura Ley de Tráfico multará con hasta 30.000 euros a los talleres que instalen inhibidores / Redacción Infotaller

La reforma de la Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial que está a punto de aprobarse establece que el uso de sistemas de inhibición de radares estará castigado con hasta 6.000 euros de multa y la pérdida de 6 puntos del carné. Hasta aquí, nada cambia. Pero la coletilla de la futura Ley de Tráfico también establece una multa de hasta 30.000 euros para los talleres que instalen este tipo de dispositivos. De esta forma, la Dirección General de Tráfico estrecha el cerco en torno a los mismos.

Dicha reforma aparece en el Apartado 6 del Artículo 13, que señala que “Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo, se prohíbe llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros. Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico”.

Avisadores y detectores

Respecto a los diferentes dispositivos que los conductores utilizan en el coche para conocer la presencia de radares en la carretera, los avisadores, que son aquellas aplicaciones con GPS que avisan de los radares fijos, son legales. Por su parte, los detectores, dispositivos que rastrean y localizan radares próximos, sí están prohibidos y su presencia estará catalogada como infracción grave, lo que conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos en el carné de conducir. Y, por supuesto, los señalados inhibidores, que aparejan multa de hasta 6.000 euros y retirada de 6 puntos del carné para el conductor y hasta 30.000 euros para el taller instalador.

Asimismo, la Fiscalía de Seguridad Vial está elaborando un informe jurídico para determinar si las aplicaciones móviles y demás plataformas de avisos de ubicación de controles de alcohol, de drogas y radares móviles son sancionables.

En consecuencia, los avisadores de radares son los únicos dispositivos legales, ya que su funcionamiento se basa en un sistema GPS y en una base de datos que es pública y compartida.

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