Un concesionario, obligado a devolver 39.620 € a un cliente por incumplimiento
El usuario solicitó un sistema de reconocimiento de señales que no le instalaron en el Audi Q5 que compró.
La Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid ha decretado la anulación del contrato de compraventa firmado entre un concesionario de Audi y un cliente que había comprado un Audi Q5 por no haber instalado la empresa el sistema de reconocimiento de señales opcional que el usuario había solicitado en el momento de la compra.
Según informa vozpopuli.com, al recibir el vehículo, el conductor comprobó que dicho sistema no estaba instalado, por lo que reclamó a la compañía, que le informó de que no era posible incorporarlo a ese modelo, aunque lo ofertaban en la lista de extras disponibles.
El concesionario, entonces, le ofreció la devolución del importe abonado por el equipamiento extra. Además, le haría el primer cambio de aceite gratuitamente.
Como no llegaron a un acuerdo, el conductor denunció los hechos ante Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que elevó la denuncia a Consumo a través de su servicio jurídico.
El concesionario alegó en su defensa que se había producido “un error tipográfico en su web” y que “la información recogida en dicha web no ofrece garantía respecto a la exactitud de la información y se recomienda que se utilice la información de forma orientativa”.
Sin embargo, la Junta Arbitral entiende que la información “obliga al anunciante a cumplir con lo prometido”, por lo que decretó la rescisión del contrato y ha obligado a la marca de los cuatro aros a devolver al cliente el importe del vehículo, un total de 39.620 €.
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