El Supremo dictamina que alterar tacógrafos para manipular registros es falsedad documental
El Tribunal ha condenado a seis meses de cárcel y una multa de 1.080 euros a un camionero por generar registros de inactividad falsos.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado recientemente una sentencia en las que considera la manipulación fraudulenta del tacógrafo de un vehículo para falsear los registros y eludir los controles policiales y administrativos como falsedad en documento oficial, en la modalidad de simulación.
Por este motivo, se ha condenado a seis meses de cárcel y 1.080 euros a un camionero que puso un imán en la parte metálica del sensor de movimiento del tacógrafo, con lo que se generaban registros de inactividad cuando en realidad estaba en funcionamiento, según publica Europa Press.
En la resolución se indica que los registros del tacógrafo son documentos oficiales que tienen efectos jurídicos-penales, es decir, son documentos electrónicos y los recibos o tickets que se expiden para obtener la información registrada son copias del citado documento.
"Cuando la manipulación no tiene más finalidad que se registren datos incorrectos para sortear los controles administrativos, que será el supuesto más frecuente en la práctica, la naturaleza oficial del documento resulta indiscutible", señala el tribunal.
Con ello, el Supremo estima el recurso de casación planteado por el Ministerio Fiscal y anula la sentencia de la Audiencia Provincial de Girona que absolvió al camionero al entender que la emisión de un ticket por un tacógrafo previamente manipulado no constituye un supuesto de simulación documental, sino falsedad ideológica no punible al afectar a un documento privado y no producir un perjuicio a tercero.
Asimismo, la Sala de lo Penal del Tribunal afirma que constituye falsedad la simulación consistente en la completa creación ex novo de un documento con datos inveraces y relativos a un negocio o a una realidad cuya existencia se pretende simular y que no existe en modo alguno.
Por ello, concluye que "la instalación de un mecanismo (imán) en un tacógrafo tiene como efecto el que los datos de registro fundamentales del aparato sean necesariamente falsos en sus aspectos esenciales”.
Finalmente, la sentencia señala que las manipulaciones del tacógrafo más habituales consisten en impedir de algún modo que la señal generada por los giros de la caja de cambios transmitidos por el emisor de impulsos eléctricos que se coloca en la misma sea recibida por la VU, con lo que se genera la falsa apariencia de que el vehículo se encuentra en descanso aunque se halle en movimiento.
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