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La OCU gana la batalla legal a Volkswagen por el "dieselgate"

La Justicia condena al grupo automovilístico a indemnizar a cada uno de los afectados con 3.000 euros, en una cuantía total que asciende a 16,3 millones de euros.

Redacción

26 de enero 2021 - 09:35

Declaraciones de Ileana Izverniceanu, directora de comunicación de OCU / Redacción Infotaller

Tras cinco años de batalla judicial por el escándalo 'dieselgate', la justicia ha dado la razón a la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) frente a Volkswagen Group España Distribución. La sentencia, dictada este lunes por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, estima íntegramente las peticiones de la OCU y declara probada que la actuación de Volkswagen es una práctica comercial desleal.

Se refiere, en concreto, a la instalación, en los vehículos con motores diésel (EA 189) del grupo automovilístico, de un programa informático que falseaba las emisiones de gases contaminantes de sus motores, camuflando sus verdaderas condiciones y simulando el mantenimiento de unos niveles de elevada potencia y consumo reducido.

Por este motivo, el juez ha ordenado asimismo a Volkswagen a que cese en esta conducta y que no la repita en el futuro. Además le ha obligado a reparar todos los vehículos afectados mediante la modificación, de manera gratuita, del software instalado o un cambio de hardware si fuera preciso.

Por lo que respecta a los afectados miembros de la OCU, se les reconoce una indemnización por los daños y perjuicios causados en la cuantía de 3.000 euros por cada uno de ellos, ascendiendo el monto indemnizatorio total a 16.332.000 €.

Desde la OCU han resaltado que es especialmente importante la expresa imposición de costas por apreciar temeridad en su conducta. Y es que, según ha explicado, Volkswagen ha continuado con el proceso judicial “a pesar de que la Organización llevó a cabo dos intentos de conciliación para los consumidores afectados en España, sin que hubiera entendimiento y rechazando, en este país, la existencia de su actuación ilícita y del daño causado a los consumidores afectados, mientras negociaba acuerdos en otros países, como en Alemania, donde aceptaba la culpa y asumía un compromiso de compensación”.

Por último, la OCU ha destacado la orden de publicación del encabezamiento y fallo de esta sentencia en dos de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional, cuestión que es muy excepcional por la trascendencia social del caso. Eso sí, como la sentencia es susceptible de apelación, esperará el plazo de veinte días hábiles procesales para poder declarar la firmeza de la misma. Una vez que así sea, se asesorará desde la Organización a los que tengan vehículos afectados para que puedan llevar a cabo su reparación.

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