La Abogacía del Estado: "Es incuestionable que los talleres deben permanecer abiertos"
Los califica de "indispensables" para garantizar servicios esenciales y el suministro de productos y bienes de primera necesidad.
En el debate surgido a raíz de la entrada en vigor del Estado de Alarma y de si los talleres debían o no abrir sus puertas, se ha manifestado una de las voces más autorizadas. Se trata de la Abogacía del Estado, que en una comunicación ha avalado la apertura de los centros de reparación, "si bien no podrán desarrollar actividades de restauración o cafetería (para el caso de que las tuvieran), ni comercio de bienes al por menor que no se consideren esenciales".
La institución entiende que "ante la ausencia de una disposición que aclare si los talleres de reparación de vehículos deben permanecer cerrados" y "sin perjuicio de la decisión que finalmente pudiera adoptarse por las autoridades competentes", este tipo de centros pueden permanecer abiertos por cuatro motivos principales.
En primer lugar, porque los talleres son "establecimientos industriales que desarrollan una actividad industrial y de prestación de servicios" y, teniendo en cuenta que las medidas de contención para reducir la propagación del coronavirus se refieren a "actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería, y otras actividades", "no parece que la actividad industrial desarrollada por los talleres de reparación de vehículos pueda entenderse limitada", salvo que se trate de la venta al por menor de productos que no consistan en bienes de primera necesidad.
La segunda razón hace referencia a lo que distintas patronales han argumentado para aconsejar la apertura de estos centros: que "existen ciertos servicios esenciales que requieren el uso de vehículos que ahora más que nunca han de estar en las debidas condiciones de seguridad y mantenimiento, para garantizar la continuidad de tales servicios". Y entre ellos, destaca la Abogacía del Estado, se encuentran servicios de emergencias, bomberos, ambulancias, fuerzas y cuerpos de seguridad o vigilancia.
En esta situación, además, "es indispensable el mantenimiento del servicio de transporte terrestre a fin de garantizar el suministro de productos y bienes de primera necesidad", tales como sanitarios, alimenticios, higiene, etc., algo que "únicamente puede conseguirse si hay talleres de reparación de vehículos abiertos".
Por último, añade un cuarto argumento del que poco o nada se había hablado hasta ahora, como es que si en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020 permite la apertura de establecimientos que suministren combustible, "es razonable entender que los talleres de reparación de esos mismos vehículos pueden permanecer abiertos con el fin de hacer posible su circulación".
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