¿Por qué deben defender los clientes su derecho de elección de taller?
Cetraa inicia una campaña informativa sobre cómo hacer frente al desvío de clientes por parte de las aseguradoras.
La confederación de talleres Cetraa ha programado a través de sus asociaciones una serie de campañas informativas sobre las posibilidades por las que pueden optar los centros de reparación ante las prácticas abusivas de las compañías aseguradoras.
Además, a partir de una iniciativa de los servicios jurídicos del Gremi (Cetraa Barcelona), se pretende abordar el tema del derecho de elección de establecimientos por parte del asegurado o perjudicado en un accidente y la necesidad de que este defienda su derecho de manera activa.
Si una compañía de seguros no envía un perito a un taller con el pretexto de que no es un taller concertado, este puede mantener el encargo si su cliente está de acuerdo, ya que el propietario tiene derecho a elegir el centro al que acudir para reparar su vehículo, explican desde la patronal.
De hecho, se recomienda al taller que si la compañía no perita en los ocho días que establece el artículo 18 de la Ley de Contrato de Seguro y se cuenta con el consentimiento del asegurado, el centro contrate un perito de su confianza, traslade su informe a la compañía y repare de acuerdo con esa peritación.
En el caso de que el asegurado no sea el culpable del accidente, la renuncia o consentimiento del cliente mencionada en el citado artículo no se aplica, por lo que el establecimiento puede contratar un perito, obligando a la aseguradora del vehículo culpable, como responsable directa del pago de la indemnización, a costear la reparación del daño en función del precio/hora de tablilla y concediendo prioridad, como establece el Decreto de Talleres, a piezas originales y nuevas en la reparación, siempre que no supongan un enriquecimiento injusto para el usuario perjudicado sin culpa.
Esta solución también se puede aplicar si se trata de un accidente sin contrario, que es el caso de seguro a todo riesgo porque, aunque la compañía puede intentar designar el taller que realizará la reparación, el cliente debe firmar expresamente su renuncia, de dudosa validez en ámbito del derecho de consumo, y quedar reflejado en la póliza.
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