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La reparación ilegal de faros, la última tendencia de las aseguradoras para "ahorrar dinero"

Gaspar Pedreño, gerente de Taller Box y miembro de Siauto, explica en qué casos se puede reparar estos componentes y en los que no, los motivos por los que se no se puede reparar y el papel de las aseguradoras en este asunto.

Redacción Infotaller

20 de diciembre 2022 - 10:47

Faros / Redacción Infotaller

"La última tendencia de las aseguradoras para ahorrarse dinero: la reparación ilegal de faros", así comienza Gaspar Pedreño, el conocido como "Tallerista Rebelde" y gerente de Taller Box, un nuevo vídeo.

Lo primero que hay que saber es qué se puede reparar en un faro. Para ello, Gaspar Pedreño toma como ejemplo tres modelos de faro. El primero, correspondiente a un Citroën, "cuando alguien tiene un golpe frontal, es muy normal que se rompan las patas del faro". De hecho, el fabricante vende un kit de reparación de patas. El modelo que muestra también tiene un arañazo superficial sobre la pantalla transparente, que se podría pulir y el faro quedaría como nuevo. Hasta aquí, este elemento se podría haber reparado pero no se hizo. Se decidió sustituir porque la lente transparente se había rajado.

En el segundo faro, perteneciente a un Golf VII, no hay posibilidad de reparación alguna porque el arañazo que tiene no se quita puliendo. El tercero, se encuentra con la carcasa del interior rajada, por lo que tampoco se podría reparar. Con estos tres ejemplos llegamos a la conclusión de que cuando la lente está rajada o la carcasa rota, nunca se puede proceder a una reparación, solo se puede realizar cuando se trate de la rotura de las patas del faro.

¿Por qué no se pueden reparar?

De acuerdo a las explicaciones de "Tallerista Rebelde" hay dos motivos por los cuales el taller no puede proceder a la reparación del faro:

  1. Ni el fabricante del faro ni el fabricante del vehículo contempla la sustitución del faro. De hecho, no existe recambio para lente o carcasa. Va contra las especificaciones del fabricante.
  2. Por una cuestión legal: "el Real Decreto 1457/86 en su artículo 9 dice que estamos obligados a instalar recambios nuevos en los vehículos que reparemos y cabe la posibilidad de instalar recambio remanufacturado siempre y cuando se den dos circunstancias:
  • La primera es que el cliente tiene que dar el consentimiento por escrito para enviar el faro a reparar.
  • La segunda es que esas piezas las tiene que reparar el fabricante del faro, que no contempla la reparación, el fabricante del coche, que tampoco la contempla o empresas especializadas que estén de alta en el Ministerio de Industria en el epígrafe concreto para realizar esas tareas".

¿Cuál es la problemática con las aseguradoras?

"Las aseguradoras lo que hacen es ocultarlo todo, es decir, el faro se manda a reparar y el cliente no se entera. Las empresas que lo hacen no están dadas de alta en Industria, no están autorizadas para hacerlo. Son muchas las aseguradoras que están reparando faros. Esto depende del criterio del perito, bien por las presiones de la compañía o porque desconoce los puntos anteriores, están obligando a los talleres a mandar faros a reparar. Ahí es cuando debería hacerse el perito valer", relata Gaspar Pedreño.

"Si se hace con el taller concertado, la probabilidad que ocurra esto es más alta, porque tienen un acuerdo directo con la compañía y las presiones de ésta le obligan a tener que tomar estas decisiones. No me cabe en la cabeza como servicios oficiales están haciendo prevalecer su acuerdo con la aseguradora frente a lo que les dice su fabricante", continúa el gerente de Taller Box.

Cómo detectarlo

Para concluir el vídeo, Gaspar Pedreño se dirige directamente al cliente del taller para aconsejarle sobre cómo detectar que le han realizado una reparación del faro cuando deberían haberle hecho la sustitución del mismo. "El primer consejo es no mirar el faro. Hay que acudir a los otros talleres y a la aseguradora".

"Como taller estoy obligado a darle al cliente las piezas sustituidas es decir, todo lo que haya cambiado es del cliente, siempre y cuando éste lo notifique al principio e lo indique en la orden. También el taller está obligado a enseñar al cliente la procedencia de los recambios y el precio", prosigue el profesional.

Además, el taller no le puede dar al cliente la peritación del arreglo, si el cliente lo quiere, tiene que dirigirse a la aseguradora y que sea ella quién le de la peritación. Ahí aparece si se ha sustituido o se ha reparado. Si se ha reparado, no aparece. De acuerdo a lo que explica Gaspar Pedreño, "el trabajo se manda a una tercera empresa y la aseguradora le paga".

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