Cinco años y medio de prisión para el dueño de un taller por estafar más de un millón de euros a un banco con préstamos fraudulentos
Su cómplice, una empleada de Caja Rural, que concedió los créditos, sentenciada a una pena de cuatro años de cárcel.
La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a cinco años y medio de prisión al dueño del taller de motos Pezcauto que entre 2019 y 2021 formalizó 63 préstamos al consumo a nombre de clientes, familiares y amigos para apropiarse de 1.136.680 euros. J. L. P. actuó con la complicidad de una empleada de Caja Rural, que concedió los créditos y a la que el tribunal también ha considerado culpable, en su caso con una pena de cuatro años de cárcel. Ambos tendrán que indemnizar de manera conjunta a la entidad financiera perjudicada con 892.400,39 euros.
J. L. P., que atravesaba una mala situación económica y se financiaba de manera irregular mediante el sistema de 'papel pelota', utilizaba como tapadera su taller, también dedicado a la venta. Simulaba que clientes, familiares y amigos iban a financiar una compra para justificar ante el banco la solicitud de los préstamos, de los que sólo devolvió 244.280,61 euros.
Así, aprovechaba la documentación que poseía de todas esas personas para salvar el primer filtro del banco en la concesión de los créditos -un 'scoring' que lleva a cabo un sistema digital- y después C. L. B., la empleada del banco -que era la responsable de financiación al consumo de la entidad y que fue despedida por este caso- daba el segundo visto bueno a cambio de una cantidad de dinero que solía ser mil euros en cada préstamo.
Sobre la culpabilidad del dueño del taller, la Audiencia Provincial no incide apenas en la sentencia porque él mismo la reconoció en el juicio aunque, según su versión, sólo es responsable de 15 de los 63 préstamos. El resto, dijo, los formalizó por su cuenta la empleada bancaria, algo que no se cree el tribunal.
"Dice el acusado que fue la acusada la que comenzó a realizar estas operaciones por su cuenta, aprovechando la documentación que le remitía, cuando se presentaba una solicitud que no era aprobada y que la acusada volvería a utilizarla para hacer las solicitudes falsas, extraña que, si las operaciones que se presentaban habían sido rechazadas, la acusada pudiese volver a presentarlas y aprobarlas, puesto que anteriormente ya figuraría en el sistema informático del banco la denegación del préstamo a esas personas", apunta el fallo judicial, que además recuerda que el dinero de los préstamos era ingreso en la cuenta del taller.
La Audiencia Provincial tampoco otorga credibilidad a la versión de la empleada, que trató de justificar los mensajes de Whatsapp que se intercambió con el ahora condenado y que hablaban de entregas de cantidades de dinero. Según su declaración, la razón era que había hecho una compra en el taller para su marido por valor de unos 5.000 euros -un casco y un mono, entre otros artículos- pero la había devuelto.
Además, hay unos mensajes de J. L. P. cuando se destapó lo sucedido que terminan de inculparla. "Por favor trata de pagarme eso que yo te estoy tapando y no he dicho ni mu, pero haz el favor que me hace falta el dinero", escribió en uno de ellos.
El entramado se descubrió después de que un abogado se presentara en la entidad financiera en representación de ocho personas. Una de ellas había solicitado un préstamo en otra entidad financiera y había descubierto que tenía una deuda con el banco que concedía los préstamos fraudulentos. Este abrió una investigación interna y comprobó -según declaró su directora de recuperación de activos- que la trabajadora acusada había concedido numerosos préstamos al consumo sin contrato, sin firmas y sin llevar a cabo las verificaciones previas preceptivas. Con el dinero quería comprar teléfonos móviles y videoconsolas a sus hijos, según los mensajes de Whatsapp que salieron a relucir en el juicio.
Al enterarse de la estafa, la entidad bancaria canceló todos los préstamos, se hizo cargo de los perjuicios provocados a quienes en teoría solicitaban esos créditos y ejerció la acusación particular contra J. L. P. y C. L. B.. Esta última ha resultado absuelta del delito continuado de falsedad en documento mercantil, por el que sí que ha sido condenado J. L. P., al que la Audiencia Provincial aplica la atenuante analógica de confesión de los hechos. Además de la pena de prisión y la indemnización, los dos condenados tendrán que pagar sendas multas que suman alrededor de 12.000 euros.
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