La nueva ley sobre exposición a campos electromagnéticos afecta al taller
Conepa aconseja a las empresas del sector advertir a los Servicios de Prevención de las operaciones eléctricas que realizan.
Conepa ha consultado a los servicios técnicos competentes sobre si es de aplicación en el sector de la reparación y mantenimiento de vehículos el Real Decreto 299/2016, de 22 de julio, relativo a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos, en vigor desde el 30 de julio.
La respuesta, efectuada por vía telefónica por razones de urgencia, ha sido afirmativa, aunque la patronal asegura que volverá a realizarla por escrito y por registro administrativo "para tener confirmación formal".
El objetivo del citado Real Decreto se centra en establecer las disposiciones mínimas para la protección de los trabajadores de los riesgos para la salud y su seguridad derivados o que puedan derivarse de la exposición a campos electromagnéticos durante su trabajo.
Cualquier campo electromagnético, según recuerdan desde Conepa, es objeto de control pues la norma así lo establece para rangos de entre 0 Hz y 300 GHz. Como consecuencia, aquellos talleres en los que se realicen operaciones eléctricas deben cumplir con sus requerimientos.
En cumplimiento de la Ley 31/1995 de PRL, los riesgos derivados de la exposición a campos electromagnéticos (previamente identificados en la evaluación de riesgo) deberán eliminarse en su origen o reducirse al nivel más bajo posible. Sobre esta evaluación, el empresario tendrá la obligación de elaborar y aplicar un plan de acción que incluya medidas técnicas y/o de organización destinadas a evitar que la exposición supere los Valores Límite de Exposición (VLE).
El 'paraguas' del nuevo decreto protege, según Copena, a los trabajadores de los efectos biofísicos directos conocidos y de los efectos indirectos, "aunque no aborda los posibles efectos a largo plazo ni los riesgos derivados del contacto con materiales conductores en tensión".
En un primer informe de valoración de la norma realizado para sus asociaciones, Conepa aconseja a las empresas del sector que se pongan en contacto con su Servicio de Prevención Ajeno para que sus técnicos lo tengan en cuenta en la evaluación de sus riesgos laborales y determinen si le es de aplicación a cada empresa en concreto, en función de las operaciones que se realicen en ella.
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabaj, señala Conepa, no ha informado de que elaborará y mantendrá actualizada una guía técnica de carácter no vinculante para la evaluación y prevención de los riegos derivados de la exposición a campos electromagnéticos en los lugares de trabajo.
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