Así quedan los ERTE tras el nuevo acuerdo del Gobierno
Según el BOE, se prorrogan automáticamente todos los ERTE de fuerza mayor vigentes hasta el 31 de enero de 2021 y será posible solicitarlos de nuevo por limitación de actividades ante las restricciones impuestas.
Ligero respiro para las empresas y trabajadores del sector de la venta y la reparación de vehículos tras la nueva prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero acordada por el Gobierno y recogida en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre. Los aproximadamente 63.000 empleados que siguen en esta situación, seguirán ligados a esta medida en el camino hacia la recuperación del sector unos meses más, tras la incertidumbre vivida por el fin del plazo de los aprobados hasta septiembre.
Y es que según la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios (Ganvam), el 18% de la plantilla se encuentra incluida en el ERTE, a lo que se suma la imposibilidad de muchas empresas de garantizar la supervivencia del negocio si se veían obligados a reincorporar a todos los trabajadores a sus puestos.
Ante la evolución de la situación sanitaria y económica, el Gobierno ha acordado con los agentes sociales la puesta en marcha de cuatro tipos de ERTE en función de los distintos escenarios, además de la causa de fuerza mayor, medida que se estableció al inicio de la pandemia y a la que se acogieron la mayoría de las empresas que siguen en ERTE. En este último caso, todos los expedientes aprobados se prorrogarán automáticamente hasta enero. Fuentes de Conepa han manifestado a Infotaller su "tranquilidad" con esta prórroga de los expedientes de todos los talleres que se acogieron al Real Decreto de marzo, ya que en principio sería al que se acogerían los centros de reparación.
Para las empresas que quieran acogerse durante estos meses a los ERTE porque vean impedido el desarrollo de su actividad como consecuencia de las nuevas restricciones o medidas adoptadas a partir del 1 de octubre de 2020, se plantean varios escenarios. En el primer caso, el de los ERTE de sectores que se han visto especialmente afectados por la pandemia y que el BOE detalla enumerando los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, así como aquellas empresas cuyo negocio dependa indirectamente de estas actividades o formen parte de su cadena de valor con un impacto en el 50% de su facturación. Esta excepción no afectaría tampoco a la actividad de venta y reparación de vehículos, pues solo se incluye al sector del "Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros" con código CNAE 7711, entre aquellos especialmente afectados por la crisis del coronavirus relacionados con la automoción.
Analizando las otras tipologías, tampoco parece que los talleres puedan acogerse al segundo caso, referido a los ERTE de impedimento para los territorios en los que las autoridades obliguen al cierre, de forma que las empresas vean impedido el desarrollo de su actividad en alguno de sus centros de trabajo, puesto que los centros de reparación fueron considerados durante el estado de alarma un servicio esencial.
En el tercer caso, los talleres podrían acogerse al ERTE de limitación de actividad, ya que las empresas pueden ver limitado el desarrollo de su actividad normal como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por las autoridades.
La cuarta alternativa que se presenta sería acogerse a los ERTE por causas ETOP (económica, técnica, organizativa o de producción), una medida que trata de proteger a las empresas que no tienen restricciones y que tampoco se encuentran entre los sectores protegidos por el ERTE DE fuerza mayor.
Asimismo, el Gobierno mantendrá la cuantía de prestación y el "contador a cero", garantizando que el empleado en ERTE seguirá percibiendo el 70% de la base reguladora, al menos hasta enero, pese a que la ley determina que a partir del séptimo mes debe reducirse al 50%. Además, no se restará este período de cotización de la posibilidad de percibir prestaciones futuras.
Otros puntos que incluye el nuevo acuerdo hacen referencia a los trabajadores de temporada con contratos fijos-discontinuos, que seguirán protegidos hasta enero con una prestación extraordinaria, así como los empleados que no hayan cotizado lo suficiente para cobrar la prestación.
De igual forma, se mantiene la cláusula que obliga al empresario a mantener a su trabajador durante los seis meses posteriores al fin de la ayuda de los ERTE, o de lo contrario, tendrá que devolver todo el dinero recibido, incluido el salario de los empleados.
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