Los talleres de Galicia pueden beneficiarse de ayudas de hasta 9.600 euros para adaptarse al Covid-19

Atreve enumera las subvenciones disponibles, destinadas para empresas que hayan invertido entre 1.500 y 12.000 euros.

El plazo para solicitar los "Cheques de dixitalización" está abierto hasta el 30 de septiembre / Redacción Infotaller
Redacción

29 de junio 2020 - 12:28

Los talleres de reparación de vehículos han sido incluidos entre los negocios que pueden acogerse al plan de ayudas lanzado por la Xunta de Galicia, "Cheques de dixitalización", que subvencionará las inversiones realizadas para la adaptación a la nueva situación generada por el coronavirus. Según ha informado la Asociación de Empresarios del Taller de Reparación de Vehículos de A Coruña (Atreve) estas ayudas, bajo el número de procedimiento IG278, están destinadas a inversiones que oscilen entre los 1.500 y los 12.000 euros, llegando a cubrir hasta 80% de los mismos, sin incluir el IVA, lo que conlleva ayudas de hasta 9.600 euros.

Las subvenciones se aplican a los siguientes proyectos, y el plazo de presentación de las solicitudes finaliza el próximo 30 de septiembre:

Otras ayudas

Además de esta ayuda, el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape) ha convocado también el plan "Reactiva Servicios" para beneficiar a las empresas que hayan implementado elementos de prevención de riesgos y seguridad, y que se encuentran dentro del epígrafe 69 del IAE, el de los talleres de reparación. Estas ayudas subvencionadas, que pueden solicitarse hasta el próximo 31 de julio, cubren los gastos ocasionados por:

  1. Medidas de protección para los trabajadores y clientes en los espacios de trabajo, como las pantallas protectoras para mostradores y zonas de recepción; la compra de vinilos adhesivos para la delimitación de espacios, los dispositivos de control de aforos y de sistemas de conteo de clientes o similar, los dispositivos de control de temperatura, entre otras medidas.
  2. Adaptación de los espacios de mediante puertas de apertura automática, instalación de puntos de autopago, sensores de luz o cualquier otra medida o dispositivo para minimizar el contacto.
  3. La compra de materiales de protección e higiene para empleados y clientes: mascarillas, guantes, calzas, dispensadores de geles hidroalcohólicos, entre otros. La cantidad destinada a este apartado no podrá exceder del 20% del total de actuaciones que pueden subvencionarse; ni tampoco el proyecto podrá incluir de forma única actuaciones contempladas en este epígrafe.
  4. La instalación de equipos de desinfección de superficies, ambientes y productos.
  5. Adquisición de servicios para reforzar la limpieza y desinfección de los locales. Asimismo, se aclara también que la cantidad destinada a este apartado no podrá exceder el 20% del total de actuaciones, para un período máximo de prestación de servicios de seis meses. Asimismo, el proyecto no podrá contar solo con actuaciones de este epígrafe.
  6. La compra de equipos o realización de obras que permitan la ventilación y renovación del aire del establecimiento.
  7. Cartelería y puntos de información, físicos o digitales, sobre las medidas de prevención ante el coronavirus.
  8. De manera excepcional, otros que puedan contribuir a proteger la salud de las personas empleadas y clientes frente al Covid-19, y que será notificado al realizar la resolución de concesión.
  9. Capacitar y formar a trabajadores que puedan aplicar los protocolos adaptados a las normativas y recomendaciones sanitarias.
  10. Gastos externos, como consultoría, análisis, costes de certificación y similares; que se puedan aplicar a la obtención de certificados para el cumplimiento de protocolos y medidas.

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