Así pueden solicitar el "bono autónomo" los talleres gallegos

A través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia se podrá consultar la documentación y el procedimiento para pedir la ayuda, cuyo plazo se inicia el 14 de enero.

Desde el 14 de enero al 14 de febrero está abierto el plazo de presentación / Redacción Infotaller
Infotaller

11 de enero 2022 - 17:19

El próximo 14 de enero se abrirá el plazo para solicitar el bono autónomo, que es incompatible con el cobro del bono de las personas autónomas en alguna de las convocatorias anteriores. El plazo finalizará el 14 de febrero.

A través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia se podrá consultar la documentación y el procedimiento. Las ayudas se concederán por orden de entrada, según informa Atreve.

BENEFICIARIOS

-Trabajadores autónomos que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional, que tengan domicilio fiscal en Galicia, que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses y que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 euros y una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, en la declaración referida al año 2020.

-Las sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia y que cumplan los siguientes requisitos:

Quedan excluidos los familiares que, de manera habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras autónomas o mutualistas de colegio profesional y que no tengan la condición de personas trabajadoras, y aquellas personas que cobraran la ayuda del bono de las personas autónomas en alguna de las anteriores convocatorias.

DOS LÍNEAS DE ACTUACIÓN

La primera línea será mejorar la competitividad a través de servicios como un Plan estratégico del negocio, un Plan de refinanciación, un Plan de marketing, un Plan de eficiencia energética o un Plan de transformación digital, entre otros.

Le segunda línea irá dirigida a mejorar la competitividad a través de inversiones, como la compra de maquinaria, sustitución de combustibles fósiles o materiales críticos o escasos, equipamiento informático o aplicaciones informáticas, páginas web, apps y redes sociales.

En la solicitud de ayudas, las líneas 1 y 2 no son excluyentes ni entre ellas ni entre los distintos servicios e inversiones que las configuran. En el caso de solicitar ayudas de la línea 1 y de la línea 2, se atenderá en primer lugar la línea 1 y después a la línea 2 con el límite máximo de 3.000€ de ayuda por el conjunto de actividades subvencionables.

Son subvencionables los gastos realizados a partir del 1 de enero de 2022 hasta el 5 de diciembre de 2022 (fin del plazo de justificación).

COMPATIBILIDADES

-En ningún caso el importe de las subvenciones concedidas aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, concedidos por otras administraciones supere el 80% del coste de la actividad que vaya a desarrollar la persona beneficiaria.

-Las ayudas previstas en esta orden serán incompatibles con las ayudas que por los mismos conceptos y gastos puedan otorgar las administraciones públicas, excepto las otorgadas por el Igape dentro del programa Re-Acciona.

-Esta ayuda es incompatible en los mismos conceptos de ayuda con las subvenciones para la digitalización y modernización de empresas comerciales y artesanales convocadas para el año 2021.

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