Se abre el plazo para solicitar ayudas a talleres madrileños con más del 30% de pérdidas en 2020
Asetra informa que las solicitudes se han de presentar por vía telemática en un plazo de dos meses a contar desde el 1 de mayo.
Asetra ha comunicado la apertura del plazo, a contar desde el sábado 1 de mayo, para talleres cuya facturación haya caído en más del 30% en 2020. Tal y como ha indicado, se trata de un importante paquete de ayudas del que, en un principio, los talleres quedaron excluidos, y ahora, “gracias al trabajo realizado por Asetra y al apoyo de la Comunidad de Madrid, nuestro sector puede también beneficiarse”.
De esta forma, los beneficiarios de las ayudas son los empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva, así como los empresarios o profesionales y entidades adscritos a los sectores estimados, cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente en 2020, haya caído más de un 30% con respecto a 2019.
Se incluyen como beneficiarios los siguientes CNAEs:
- 4520 Mantenimiento y reparación de vehículos de motor.
- 4532 Comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos de motor.
- 4540 Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios.
Importe de las subvenciones
En cuanto a las ayudas de este programa, aclara que consisten en subvenciones de concesión directa sobre los gastos que resulten subvencionables. Estos serán, en concreto, los que se destinen a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedoresy otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
Cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la ayuda máxima será de 3.000 euros.
Para aquellos cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el IVA o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30% en el año 2020 respecto al año 2019, la ayuda máxima que se concederá será del 40% de la caída del volumen de operaciones, en el caso de empresarios y profesionales en régimen de estimación directa en el IRPF y de entidades y establecimientos permanentes con hasta 10 empleados, y del 20% del importe de la caída, en el caso de entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes con más de 10 empleados.
Asetra recuerda que, dada la cierta complejidad del proceso de solicitud de estas y otras subvenciones de las que pueden beneficiarse los talleres, ha puesto en marcha un servicio de asesoramiento específico para ayudar a las empresas asociadas a optar a las ayudas.
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