¿Qué es importante tener en cuenta cuando se recepciona un vehículo en el taller?

Desde El Gremi Barcelona se aportan las pautas que se deberían seguir para evitar posibles problemas con el cliente que solicita una reparación.

Es imprescindible realizar correctamente la orden de reparación / Redacción Infotaller
Eva M. Ramírez

28 de noviembre 2022 - 15:49

Mari Carmen Vázquez,abogada del departamento jurídico de El Gremi Barcelona, dentro del seminario para talleres "Gestión del Taller", da las claves a tener en cuenta cuando un vehículo entra en el centro para ser reparado.

Abrir una orden de reparación

"Es el contrato de arrendamiento de obra que tiene taller con el cliente. Esto significa que el taller se compromete a dar un resultado, está obligado a darlo. Por eso es importante tener bien cumplimentada la orden de reparación a la hora de que pueda ocurrir cualquier incidencia", explica Mari Carmen Vázquez. Es importante tener en cuenta:

Conocer la solvencia del cliente

Si el profesional del taller quiere conocer la solvencia del cliente al que tiene que reparar el vehículo para protegerse de cara a hacer esa reparación, la abogada de El Gremi Barcelona, enumera las diferentes opciones que puede llevar a cabo para solicitar información sobre ese cliente, tanto si es una persona física o una persona jurídica.

"Es imprescindible así mismo, obtener los datos de localización del cliente a través de una copia de la documentación del vehículo y una copia del DNI de la persona que lleva el vehículo al taller, así como anotar los kilómetros del vehículo, por si luego vuelve a entrar, así sabemos cuántos ha recorrido y nos puede dar una orientación de lo que ha podido pasar".

Otros aspectos

"El Gremi de Barcelona dispone de los documentos necesarios para llevar a cabo estos aspectos. Solo es necesario ponerse en contacto con ellos y solicitar el material que se requiera, como los carteles o el documento de autoevaluación, así como cualquier consulta jurídica, que está incluida en la cuota", asegura Mari Carmen Vázquez, que aclara para concluir: "Los autónomos y las empresas en la contratación de servicios básicos como puede ser la luz o la telefonía son considerados pymes, por lo que son consumidores, que significa que pueden dirigirse a Consumo y utilizar ese procedimiento".

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