ERTE, permisos temporales, qué daños están cubiertos... así son los escenarios legales que se plantean a talleres por la DANA

Fevauto explica "algunas de las situaciones que a nivel laboral pueden darse y sus posibles soluciones de forma genérica", aunque recalcan que "siempre se ha de analizar el caso concreto para ver la mejor opción". Unespa instruye sobre qué daños están cubiertos en empresas y vehículos.

Varios coches apilados tras las lluvias torrenciales en la provincia de Valencia del miércoles. / Europa Press

En relación con los diferentes escenarios en que se pueden encontrar empresas y personas trabajadoras motivadas por la DANA que está afectando a parte de España, Valencia, Castilla-La Mancha y Andalucía con más o menos intensidad, que ha provocado tantos daños humanos y materiales, Fevauto y Femeval, además de "lamentar profundamente de lo sucedido", han querido "informar sobre las diferentes situaciones que a nivel laboral pueden darse y sus posibles soluciones de forma genérica", aunque recalcan que "siempre se ha de analizar el caso concreto para ver la mejor opción".

Estos son algunos de los posibles escenarios para los afectados:

No obstante como no todas las situaciones tienen la misma respuesta y pueden entrar en juego múltiples factores a tener en cuenta, desde Fevauto se recomienda "analizar cada caso concreto para valorar la solución más ajustada al ordenamiento jurídico".

¿Qué daños están cubiertos?

Unespa, la asociación empresarial que agrupa las entidades aseguradoras, ha informado también sobre cómo reclamar los daños, en función del tipo de siniestro del que se trate. Así, los talleres, concesionarios, recambistas, etc. estarían cubiertos por el seguro de comercio, empresas e industrias, que cubre los daños de continente del local (paredes, puertas, ventanas…) y los de su contenido (muebles, mercancías que hubiera dentro…).

Adicionalmente, si la póliza incluía la cobertura de pérdida de beneficios por inundación por parte del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), el negocio asegurado podrá recibir una indemnización por la paralización de su actividad empresarial en las condiciones estipuladas en el contrato (importe, días…) por tratarse de un daño material. Por su parte, los propietarios de inmuebles alquilados (locales, naves industriales…) podrían recibir una indemnización por la pérdida de las rentas en las condiciones estipuladas en el contrato (importe, días…) si hubieran contratado esta cobertura.

En el caso de los seguros de automóvil, Unespa aclara que todos los seguros del automóvil incluyen la cobertura frente a riesgos extraordinarios. Así pues, todos los propietarios que hayan visto su coche arrastrado por las riadas o dañado por vientos de más de 120 km/h serán indemnizados por parte del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Los daños ocasionados por el granizo sobre la chapa y las lunas de los vehículos serán indemnizados por la aseguradora si el vehículo incluía la cobertura de rotura de lunas (cristales) o de daños propios (cristales y chapa).

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