Así afecta a los talleres la adaptación de la normativa gallega a la orden estatal de suelos
Reparación
Aquellos talleres de reparación considerados potencialmente contaminantes deberán presentar un informe de suelos.
El pasado 1 de enero entró en vigor la actualización del Decreto 60/2009, de 26 de febrero, sobre suelos potencialmente contaminados y el procedimiento para la declaración de los que están contaminados, modificado por la Ley 3/2018, del 26 de diciembre.
La adaptación de la normativa gallega a esta orden ministerial supone especificar los casos en los que los talleres de reparación de vehículos son considerados potencialmente contaminantes y han de presentar el Informe de Suelos, según explica la Conselleria de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia tras la consulta realiza por Atreve a dicha institución.
De esta forma, los negocios de mantenimiento y reparación de vehículos de motor deberán presentar el mencionado documento si existen depósitos enterrados de sustancias peligrosas; si se consumen pinturas o barnices de base no acuosa en cantidades superiores a una tonelada al año, y en el caso de que los focos potencialmente contaminantes del suelo se encuentren a la intemperie o sobre suelo no pavimentado.
Tras tener en cuenta estos supuestos, los titulares de la empresa han de presentar al inicio de la actividad un informe preliminar de situación y un informe de situación cada cinco años a modo de revisión, así como si se hacen modificaciones sustanciales, por cierre definitivo o cambio de titular.
Todos aquellos establecimientos dedicados exclusivamente a la venta no tienen la obligación de presentar los citados informes.
Por otro lado, la asociación gallega recuerda que ofrece a sus asociados servicios de asesoría medioambiental.
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