Los autónomos se pueden deducir hasta el 100% de la cuota del renting en la renta
Cada vez más talleres usan la fórmula del renting para los vehículos de cortesía o sustitución. También pueden recuperar parcial o totalmente el IVA, siempre y cuando el uso sea "completamente profesional".
Los autónomos, una fórmula laboral que utiliza la gran mayoría de talleres en España, se pueden deducir hasta el 100% de la cuota del renting de un vehículo en la declaración de la renta y también pueden recuperar parcial o totalmente el impuesto sobre el valor añadido (IVA) generado por el servicio siempre y cuando el uso del mismo sea "completamente profesional", según ha explicado Northgate Renting Flexible. Una información de indudable interés para el sector reparador, que tiene en la fórmula del renting una opción cada vez más utilizada de cara a los vehículos de cortesía o de sustitución.
En cambio, si el servicio de renting contratado es de uso mixto (personal y profesional), la desgravación podría alcanzar hasta el 50%. "En todo caso, Hacienda puede solicitar información o comprobar directamente si el vehículo se utiliza para fines profesionales o personales", ha subrayado la compañía.
"Algunos aspectos como que los vehículos estén rotulados o que por la noche permanezcan en el recinto del centro de trabajo pueden justificar el uso profesional que se esté haciendo del vehículo. También la tipología del vehículo puede influir, siendo más fácil asociar vehículos industriales a una actividad profesional", ha añadido.
En esa línea, la empresa ha señalado que además de la cuota de 'renting' es posible deducir "otros gastos profesionales del vehículo", como el de combustible o el de estacionamiento en parkings derivado del uso de estos vehículos. "Para ello, el usuario debe demostrar que los traslados realizados han sido por motivos laborales aportando los recibos pertinentes de estos pagos de manera formal", concluye.
Archivado en
No hay comentarios