Rechazan la incapacidad absoluta al trabajador de un taller por secuelas de un accidente laboral
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia sostiene que las consecuencias que padecía, entre ellas, cardiopatía isquémica, dislipemia y disfunción mitral, le causan incapacidad permanente para trabajar de mecánico, pero no para realizar trabajos sedentarios.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por el trabajador de un taller mecánico contra la sentencia que rechazaba su reclamación de la incapacidad absoluta por las secuelas de un accidente.
La sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso Efe, declara que el juzgado de lo Social de Murcia al que correspondió la demanda del trabajador declaró probado que el accidente se produjo al sufrir un dolor en el tórax y en un brazo, por lo que pasó a la situación de incapacidad temporal.
Un año después, al observar las secuelas que padecía, entre ellas, cardiopatía isquémica, dislipemia y disfunción mitral, fue declarado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en incapacidad permanente total para su actividad laboral habitual.
La sentencia del juzgado respaldó esa resolución, por lo que el trabajador, que había solicitada la incapacidad absoluta, acudió en apelación ante el TSJRM.
Este ha desestimado su recurso al recalcar que las patologías que presentan lo incapacitan para su actividad habitual de mecánico, pero no para todo clase de trabajo, ya que puede desarrollar aquellos que sean sedentarios y no le exijan realizar esfuerzos, informa EFE.
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