¿Puede denegar un fabricante acceso a información técnica a talleres independientes?
¿Cabe la posibilidad de que un fabricante de vehículos niegue a operadoresindependientesinformación técnica por razones de seguridad o protección?. La respuesta es no y su vulneración se entiende como incompatible con las normas de competencia de la Unión Europea, reflejadas en el Reglamento 461/2010.
La documentación que ha desarrollado la Comisión Europea a través de preguntas más frecuentes a modo de guía de aplicación, manifiesta de forma clara que en principio los fabricantes están obligados a suministrar a los operadores independientes la información técnica respecto a la cual sean la única fuente.
El documento comunitario reconoce que los talleres independientes conocen los sistemas relacionados con la seguridad (neumáticos, frenos, dirección o amortiguadores) y que han trabajado con ellos sin consecuencias negativas, por lo que no se justifican restricciones en este aspecto.
No obstante, cuando sí sea necesario restringir la información a un componente relacionado con la seguridad, que es probable que el taller independiente no conozca bien, el fabricante deberá utilizar el modo menos restrictivo, como por ejemplo, cursar una formación.
Otro de los aspectos que clarifica la Comisión Europea es si un fabricante puede conceder descuentos o reembolsos respecto a informacióntécnica si un taller de reparación autorizado compra cierto volumen de recambios o herramientas suyos.
A este respecto, la legislación considera que esta acción puede implicar que el fabricante de vehículos instrumentaliza una posición dominante en un mercado para obtener ventaja frente a otro de manera abusiva.
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