La Justicia ratifica la absolución del mecánico al que una aseguradora acusaba de fingir un accidente laboral
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirma la sentencia de la Audiencia en la que no vio pruebas de que el trabajador de un taller de Sarria (Lugo) fingiera un accidente laboral con el fin de cobrar del seguro.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha ratificado la absolución de un vecino del municipio de Sarria, de profesión mecánico, al que se acusaba de fingir un accidente laboral para cobrar indemnización del seguro. La resolución que dictamina que no ve probado el delito de estafa que se le imputaba, ya es firme, ya que el organismo ha desestimado el recurso presentado por la aseguradora.
El trabajador ya había sido absuelto con anterioridad por la Audiencia Provincial de Lugo en una sentencia del 19 de julio del pasado año, debido a que no tenía motivos para dudar de la realidad del accidente laboral que se relató.
El hombre, que trabajaba en un taller de reparaciones de Sarria, sostenía que en 2014 había sufrido un accidente en el trabajo que le ocasionó la baja y que terminó desembocando en una incapacidad permanente total reconocida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en el 2015.
El 16 de julio del mismo año, interpuso una demanda contra el taller y la compañía Caser seguros, reclamando 22.000 euros de indemnización que le fue concedida. Según ha informado el diario El Progreso, la compañía de seguros recurrió ante el TSXG la sentencia que absolvía a este sarriano de estafa, pero su demanda no prosperó.
Durante el proceso los trabajadores declararon que el día del suceso iban y venían, de modo que no estaban todo el tiempo junto al acusado. Para el juzgador lo llamativo es que durante el proceso de baja e incapacitación "no se hubiese establecido la existencia de un fraude por parte del trabajador, antes de ser reconocida la invalidez por el INSS y posteriormente se obtiene una indemnización, resultando de muy difícil prueba la acreditación de una estafa en esta postrera fase del conflicto", señala la sentencia. Es por este motivo que ha desestimado el recurso presentado.
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