Los concesionarios defienden que la posventa siga con un Reglamento específico en la UE
En mayo de 2023 expira el actual marco regulatorio, el 461/2010, actualmente en revisión.
La posventa de automoción es uno de los pocos sectores regulados en la Unión Europea con un Reglamento de Exención, el 461/2010, que expira el 31 de mayo de 2023. A menos de dos años para llegar a esa fecha, la Comisión Europea, a través de sus organismos de Competencia, está recopilando información para empezar a dar forma a un nuevo texto, que está en fase de consultas. Los concesionarios, a través de su patronal Faconauto, ya han expresado su punto de vista, favorable a mantener esa exención en la futura normativa.
El Reglamento que sustituya al 461/2010 debe tener en cuenta, según Faconauto, varias consideraciones fruto de la evolución del mercado y de los cambios registrados desde su entrada en vigor, hace más de diez años. Alfredo Briganty, socio fundador de Qvadrigas Abogados, hizo un resumen de la situación actual en su intervención en el IV Observatorio de la Posventa Oficial.
El experto jurista aseguró que la Comisión Europea ha constatado que la competencia intermarcas se ha mantenido y la intramarcas no ha disminuido significativamente durante todo el periodo de vigencia del Reglamento 461/2010. Además, el tamaño del mercado de posventa ha aumentado por el crecimiento del parque y su antigüedad, por lo que la norma “ha sido útil y sigue siendo pertinente para las partes interesadas”.
El nuevo Reglamento europeo para la Posventa tendrá eso sí que revisar nuevas cuestiones que afectan a la competencia efectiva del mercado, como la tecnología de la comunicación, los datos producidos por los vehículos, la electrificación y los nuevos sistemas de movilidad, aseguró Alfredo Briganty.
Abierta la fase de contestación a la consulta pública de la Comisión para la futura norma, emitida el pasado 20 de noviembre de 2020, Faconauto ya ha expresado su preocupación por cuestiones como la limitación de los estándares de las marcas, las herramientas electrónicas y el derecho a mantener y permanecer en las redes oficiales cuando se cumplen los estándares selectivos de los constructores, entre otras.
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