Exfranquiciados y Ralarsa se ven en los tribunales
La sentencia del primer juicio condena a ambas partes a abonarse las cantidades que se adeudan.
El conflicto que enfrenta a Auto Cristal Ralarsa con un grupo de exfranquiciados ha abierto un nuevo capítulo. Un juzgado de primera instancia de Barcelona acaba de pronunciar la sentencia del primero de los juicios que enfrenta a la red de lunas con varios de sus antiguos franquiciados por desavenencias en los pagos, a raíz de que estos comunicaran a la enseña su intención de abandonarla.
Dicha sentencia condena a ambas partes a abonarse las cantidades que se adeudan sin entrar a enjuiciar si alguna tenia razón al negarse a efectuar los distintos pagos que debía realizar a la otra.
El fallo, que ambas partes han confirmado a Infotaller.tv que recurrirán, "demuestra que habíamos comunicado en tiempo y forma nuestra intención de salir de Ralarsa", asegura el primero de los exfranquiciados que se ha visto en los tribunales frente a los responsables de la enseña.
Por su parte, fuentes de la red de lunas han confirmado a esta redacción que, a lo largo de este año, se verán en los juzgados con otros cinco exfranquiciados.
Como ya publicamos en InfoTallerTv, varios exmiembros de la red habían denunciado a la franquicia por retener, según su versión, dinero que les debían abonar de su facturación, después de haber comunicado su intención de abandonar la enseña, tal y como aseguró uno de los afectados a esta web.
Los afectados denunciaban que, tras estas comunicaciones, Ralarsa retuvo el dinero que debía entregarles por los trabajos efectuados para aseguradoras y empresas de renting (más del 90% del total de su facturación, según sus propios cálculos). Las cantidades retenidas varían según los afectados aunque en algunos casos podrían superar los 100.000 euros.
Por contrato, la franquicia debía pagar este dinero en un "plazo máximo de 60 días, cuando muchas aseguradoras pagan casi en el acto”, contaba a Infotaller.tv este exfranquiciado.
Por su parte, Ralarsa había denunciado a varios de estos exfranquiciados por irregularidades y, posteriormente, por incumplimiento de contrato ya que, según señalaban, algunos de ellos habrían continuado con la misma actividad tras dejar Ralarsa, bajo otra marca –haciéndole la competencia-, algo que la normativa impide hacer en el plazo de un año después de abandonar una franquicia, "en el mismo código postal que se venía ejerciendo la actividad", según apuntaba otro de los afectados.
El dinero en disputa, según la versión de la franquicia, habría sido retenido por Ralarsa a cuenta de dichas presuntas irregularidades detectadas y por los daños y perjuicios que habría provocado a la franquicia el que los exfranquiciados hubieran mantenido su actividad fuera de Ralarsa.
Todas estas cantidades son las que ahora el juez de Barcelona ha dictaminado que deben abonarse las partes mutuamente para resolver el conflicto que los enfrenta y que, por lo que parece, vivirá nuevos capítulos tras los anunciados recursos.
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